Las
instancias de participación ciudadana permiten el encuentro e
interacción entre actores sociales y entre estos con las autoridades
públicas locales y distritales. Se distribuyen en dos grupos: las
instancias que abordan asuntos de interés general, es decir, que afectan
a todos y las instancias que tratan temas específicos, que conciernen a
una parte de la población.
A continuación, se describen los diferentes mecanismos de participación ciudadana consagrados en la Ley y que la Alcaldía de Orocué tiene a disposición de sus Grupos de Interés y ciudadanía en general, buscando que se conviertan en una herramienta ágil y sencilla, que les permita la interlocución con la Entidad y el ejercicio de sus derechos constitucionales y legales. Así mismo es importante tener en cuenta que dichos mecanismos, los encontramos consagrados en Constitución Política (Art.103), en el que estableció los medios por los cuales la ciudadanía puede incidir en el ejercicio del poder político, es decir, se garantiza el derecho al Acceso a la Información y la Consulta, el Control Social a la Gestión institucional, la ejecución por colaboración ciudadana y la planeación participativa.
Derecho de Petición
La Constitución nos faculta a los ciudadanos para que presentemos peticiones de manera respetuosa a las autoridades y ante organizaciones privadas. Este derecho se puede ejercer cuando lo que estamos preguntando o solicitando nos interesa en forma particular o a todos los ciudadanos. Lo más interesante de este derecho es que la autoridad o la organización privada debe responder rápidamente.(…) Artículo 23 Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante las organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.
Toda petición deberá resolverse dentro de los Quince (15) días siguientes a su recepción. Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los Diez (10) días siguientes a su recepción. Las peticiones mediante las cuales, se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo, deberán resolverse dentro de los Treinta (30) días siguientes a su recepción.
Cualquier expresión verbal, escrita o en medio digital de insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o de los particulares que llevan a cabo una función estatal y que requiere una respuesta. (Las quejas deben ser resueltas, atendidas o contestadas dentro de los quince días siguientes a la fecha de su presentación).
Acción de Tutela
Mecanismo que le permite al ciudadano reclamar el reconocimiento de sus derechos. Este mecanismo lo ejerce el ciudadano ante un juez para la protección inmediata de sus derechos. Toda persona tiene derecho a interponer una acción de tutela para reclamar ante los jueces en todo momento y lugar la protección inmediata de sus derechos constitucionales que resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de particulares. (Art. 86 de la Constitución Política de Colombia - CPC). Acción de Cumplimiento
Tiene como finalidad otorgarle a toda persona, natural o jurídica, e incluso a los servidores públicos, la posibilidad de acudir ante la autoridad judicial para exigir la realización o el cumplimiento del deber que surge de la ley o del acto administrativo y que es omitido por la autoridad, o el particular cuando asume este carácter. De esta manera, la referida acción se encamina a procurar la vigencia y efectividad material de las leyes y de los actos administrativos.Es un recurso popular mediante el cual una persona natural o jurídica puede acudir ante la autoridad competente (legislativa, administrativa, judicial u organismo de control) para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o acto administrativo (Art. 87 de la CPC, reglamentado mediante la Ley 393 de 1997).
Audiencias Públicas
La audiencia pública es un mecanismo o instancia de participación, se puede desarrollar mediante Foros en los cuales, se discutirán aspectos relacionados con la formulación, ejecución o evaluación de políticas y programas a cargo de la entidad, y en especial cuando esté de por medio la afectación de derechos o intereses colectivos.Este surge como un mecanismo que permite recibir QUEJAS de la comunidad sobre el uso de los recursos públicos, y a la vez las entidades estatales le rinden cuentas a la ciudadanía sobre su gestión.
¿Cuándo se convocan las audiencias públicas?
Cuando la administración lo considere conveniente y oportuno, para discutir aspectos relacionados con la formulación, ejecución o evaluación de políticas y programas a cargo de la entidad, y en especial cuando esté de por medio la afectación de derechos o intereses colectivos.
Cuando las comunidades y las organizaciones lo soliciten, sin que la solicitud o las conclusiones de las audiencias tengan carácter vinculante para la administración.
Audiencia Pública de Rendición de Cuentas
Es uno de los espacios para la rendición de cuentas de carácter obligatorio para la administración pública, en el cual se da encuentro la administración y la ciudadanía para evaluar el resultado final de la gestión de un periodo, en esté se resumen temas cruciales para la interlocución y deliberación colectiva con la ciudadanía.Cuando usted como ciudadano vaya a participar en una jornada de rendición de cuentas, tenga en cuenta que estas sirven para:
» Fortalecer el sentido de lo público. » Recuperar la legitimidad para las Instituciones del Estado. » Facilitar el ejercicio del control social a la gestión pública. » Contribuir al desarrollo de los principios constitucionales de transparencia, responsabilidad, eficacia, eficiencia e imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de los recursos públicos. » Constituir la estrategia en un espacio de interlocución directa entre los servidores públicos y la ciudadanía, trascendiendo el esquema de que esta es sólo una receptora pasiva de informes de gestión. » Servir como insumo para ajustar proyectos y planes de acción de manera que responda a las necesidades y demandas de la comunidad.
Dennuncia
Según Ley 906 de 2004 Toda persona debe denunciar a la autoridad los delitos de cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio, estableciendo que se puede denunciar de forma verbal, escrita o por cualquier medio técnico que permita la identificación del autor. Reclamo
Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud. (Tiempo legal para emitir respuesta por parte de la entidad competente 15 días hábiles siguientes a la fecha de presentación). Sugerencias
Expresión verbal, escrita o en medio digital de recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar los servicios que presta la Gobernación de Casanare, racionalizar el empleo de los recursos o hacer más participativa la gestión pública. (En un término de diez días se informará sobre la viabilidad de su aplicación). Trámite
Conjunto o serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como trámite) cuando la administración pública se pronuncia sobre éste, aceptando o denegando la solicitud. Las Veedurías Ciudadanas
Estas son formas a través de las cuales los ciudadanos pueden ejercer su derecho a la participación en la fiscalización de la gestión pública, en los distintos niveles de la administración. A través de ésta, el ciudadano vigila también los planes, programas, proyectos y acciones emprendidas por los entes gubernamentales, la actuación de los funcionarios públicos y el empleo de los recursos.La veeduría se ejerce sobre:
» El manejo de los recursos públicos empleados en los planes, programas y proyectos de la administración. » El desempeño de los funcionarios públicos en la gestión de los servicios de la administración. » El logro de objetivos propuestos por la Administración, en términos de eficiencia, eficacia y celeridad.
La veeduría ciudadana la puede ejercer sobre la Contratación y en especial sobre los Contratos que un particular realice con el Estado, ya que estos son documentos públicos, que usted como ciudadano puede solicitar en cualquier momento para revisar si se cumplió con el objeto estipulado, si se utilizaron los recursos, insumos y materiales señalados o si hubo transparencia en la elaboración y ejecución de los servicios.